REGISTRO DE DOCUMENTOS

Las Entidades y Personas Supervisadas que utilicen el Sistema de Registro de Documentos a que se refiere la fracción III de la Disposición 39.1.8 de la CUSF, deberán apegarse a lo señalado en los Anexos 39.4.7-a y 39.4.7-b, así como a lo establecido en el “Instructivo de Uso del Sistema de Registro de Documentos”, el cual estará disponible en la Página Web de la Comisión.
Las Entidades y Personas Supervisadas que utilicen los sistemas:

  • Registro de Métodos Actuariales de Reserva
  • Registro de Modelos de Contratos (Art. 102, LISF)
  • Registro de Notas Técnicas de Fianzas
  • Registro de Productos (CUS)