
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas en apego a las políticas emitidas por el Gobierno Federal, en materia de participación ciudadana y con el propósito de promover la mejora de la gestión pública a partir de la visión de los ciudadanos, pone a su disposición el presente acceso rápido al trámite de autorización de agentes de seguros y de fianzas.
Para ejercer actividades de intermediación, mismas que consisten en el intercambio de propuestas y aceptación de las mismas, comercialización y asesoramiento para la celebración de contratos de seguros o de fianzas, su conservación o modificación, renovación o cancelación, como agente de seguros y de fianzas, se requiere autorización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) en los términos del artículo 23 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y 87 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por lo que se pone a su disposición la información relativa a los requisitos y procedimientos para realizar los trámites de Autorización y de Refrendo de autorización de agentes de seguros y de fianzas.